No cabe duda alguna que la reforma política, en
particular, lo concerniente a la parte electoral, se debe en amplia medida a un
buen número de gobernadores, pues fue su actitud injerencista y torcida en los
comicios, lo que motivo la reacción de la oposición explorando fórmulas para
atarles las manos y, así surgió el nuevo INE y sus facultades.
Es una transformación centralista que merma el
federalismo al restarle facultades a los Estados, circunstancia comprensible
por los excesos de sus gobiernos cuyas conductas atentaban contra las más
elementales prácticas democráticas.
Uno de los principales objetivos
consiste en tener autoridades electorales imparciales y blindadas contra
cualquier tentativa para socavarlas. Es así que nacen las nuevas disposiciones
constitucionales y se aprueban las leyes generales en materia de procesos
electorales y partidos políticos, de aplicación en toda la República.
Se han pisado callos con las nuevas disposiciones y
por lo mismo se preveían resistencias, sin embargo, las normas que rigen el
nuevo modelo electoral deben ser atendidas y observadas, cumpliéndose a
cabalidad y respetando sus términos y alcances.
El siguiente paso consiste en la designación por
parte del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en cada entidad
federativa, de un Consejero Presidente y seis Consejeros Electorales, para
integrar a los nuevos Órganos Públicos Locales Electorales, mejor conocidos
ahora como los "oples". Este inminente hecho cae como balde
de agua fría para muchos que se opusieron a la reforma e inclusive
cabildearon con vehemencia en contra al sentir amenazados sus intereses,
seguramente algunos de ellos los encontraremos formando fila y presentando
exámenes como aspirantes a ocupar un asiento en los nuevos órganos.
Tanto la Constitución como la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales, establecen la forma para elegir y
designar a las autoridades locales, mediante convocatoria pública y a través de
votación calificada de cuando menos ocho de los once consejeros que integran el
INE.
Además los requisitos exigidos para determinar el
perfil de idoneidad como la residencia, el contar con título profesional a
nivel licenciatura, no haber sido candidato los cuatro años anteriores, ni
pertenecer a la burocracia gubernamental, implican en la práctica estar
alejados de la clase política y los espacios de poder que esta representa,
además quienes lleguen a ocupar esos cargos, cuya duración es de siete años, no
podrán ejercer otro empleo, ni tampoco incorporarse a ninguna administración si
participaron en su elección.
Si bien, no hay total garantía de que las cosas
salgan correctamente, lo cierto es que las condiciones impuestas en el nuevo
sistema electoral y la manera para designar a las autoridades encargadas de
aplicarlo, cuando menos se cuenta con la presunción de un mayor blindaje,
esperando que a medida que transcurra el tiempo, cambiemos la presunción por
certidumbre.
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